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domingo, 5 de octubre de 2014

Principales modificaciones y normas 2014-2015 de la federación catalana de fútbol. FCF


Principales modificaciones y normas 2014-2015 de la federación catalana de fútbol. FCF

1) Puesta en marcha del portal del Federado (art. 11,12 y 13 Estatutos) 
En la presente temporada es necesaria la inscripción en el portal del federado de cualquier 
persona que quiera participar en las competiciones organizadas por la FCF. 
Los clubes deberán asegurarse de que las personas que participe en las actividades deportivas organizadas por la entidad estén afiliadas a la Mutualidad Catalana de Futbolistas. 

2) Obligación de los clubes de disponer de coordinador (art. 11 y Disposición transitoria Segunda Estatutos) 
A partir de la temporada 2015/2016, los clubes que inscriban más de 15 equipos deberán disponer de coordinador titulado y con credencial federativa. en la temporada 2016/2017 deberán disponer los que inscriban en competición más de cinco equipos, ya partir de la temporada 2017/2018 ya será obligatorio para todos los clubes que tengan en competición más de dos equipos. 



3) Alineación de jugadores de categorías "J" e inferiores y "J" y "F" estatales en las cuatro últimas jornadas del campeonato (art. 78.e Reglamento General). 
En las cuatro últimas jornadas de competición no será de aplicación la posibilidad de alinear tres (en fútbol 11) o dos (en fútbol 7) futbolistas en otro equipo del mismo club, sino que no podrá alinearse ningún jugador perteneciente a otro equipo del mismo club si no ha disputado con aquel equipo todas las cinco jornadas anteriores, o ha participado a lo largo de la temporada en nueve ocasiones (los porteros no se tienen en cuenta para estas limitaciones). 

4) Alineación de jugadores "J" e inferiores de equipos filiales (art. 86 Reglamento General). 
La normativa aplicable a la alineación de los jugadores de clase juvenil e inferiores de equipos filiales en el patrocinador será la contenida en el artículo 78 e) del Reglamento General. 

5) Normativa para la obtención de licencias de jugadores extranjeros (art. 147 Reglamento General) 
Para la obtención de licencia, los jugadores extranjeros deberán cumplir los requisitos que establezca en cada momento la reglamentación vigente de la FIFA y la RFEF. 

6) Participación en la Copa de Cataluña (art. 188 Reglamento General) 
La participación en la Copa de Cataluña pasa a ser obligatoria para aquellos clubes que obtengan el derecho, de acuerdo con lo que disponga el Plan de competiciones. 

7) Limitaciones de horarios para desplazamientos de más de 100 km (art. 192 Reglamento General). 
En las categorías de infantiles e inferiores en que el desplazamiento a efectuar por el equipo visitante sea superior a 100 km los partidos deberán disputarse a partir de las 11 horas. 

8) Definición de partido amistoso (art. 201 y 344 Reglamento General) 
Tienen la consideración de partido amistoso todos aquellos que se celebre entre dos entidades diferentes. Para la celebración de esta clase de encuentros se requerirá la autorización previa de la FCF, y que sean dirigidos por un árbitro oficial designado reglamentariamente. Además, los jugadores participantes deberán estar inscritos en el portal del federado y afiliados a la Mutualidad Catalana de Futbolistas. 

9) Prohibición de alineación a los jugadores que se encuentren de baja médica deportiva 
(art. 216 y 293 Reglamento General). 
No se permite la participación en un encuentro de futbolistas que se encuentren de baja médica deportiva, y el incumplimiento de esta disposición puede comportar la aplicación de la sanción de alineación indebida. 

10) Desaparición de la figura del delegado habilitado (art. 233 Reglamento General). 
Todas las personas que ejerzan como delegados de equipo deberán de afiliarse a la Mutualidad Catalana de Futbolistas, así como de disponer de la correspondiente licencia. 

11) Excepción de la Copa de Cataluña para el cumplimiento de sanciones de 
ámbito estatal (art. 287 Reglamento General). 
Los futbolistas suspendidos por infracciones cometidas en competiciones estatales no 
podrán participar en competiciones territoriales hasta que hayan cumplido la sanción 
que les fue impuesta, a excepción de la Copa de Cataluña. 

12) Régimen transitorio de las obligaciones de disponer de entrenador o monitor 
titulado.

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