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Modificación del sistema de amonestaciones.* La acumulación de cinco amonestaciones en el transcurso de una misma temporada y competición determinará la suspensión por un partido, que deberá cumplirse a partir de su notificación (art. 334). Solo aplicable a PRIMERA y SEGUNDA CATALANA, las demás no.
* Cuando, a consecuencia de una segunda amonestación, se produzca la expulsión del jugador, éste será sancionado con suspensión como mínimo de un encuentro (art. 336).
* Cuando un jugador comente una falta que determine la expulsión directa del terreno de juego (o sea roja directa), será sancionado con suspensión como mínimo de un encuentro (art. 337).
* Las disposiciones contenidas en los artículos 336 y 337 no serán aplicables a las competiciones de infantiles ni a las que se disputen en la modalidad de fútbol 7 (art. 337 e bis).
* Introducción de la tarjeta azul en la modalidad de fútbol 7 (Regla XII Reglas de Juego Fútbol 7)
En los encuentros celebrados en la modalidad de fútbol 7 un jugador será expulsado con tarjeta
azul, que permite la posibilidad de sustituir al jugador expulsado, si comete una de las siguientes
infracciones:
- Impedir con mano intencionada un gol o malograr una oportunidad manifiesta de gol (esto no vale para al portero dentro de su propia área penal).
- Dañar la oportunidad manifiesta de gol de un adversario que se dirige hacia la meta del jugador
mediante una infracción sancionable con un tiro libre o penal, salvo en los casos establecidos
anteriormente sancionables con una expulsión por ser culpables de juego brusco grave o conducta
violenta.
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